Alcaldía de  Cali amplía el pico y placa para carros y motos y así fortalecer cuarentena en la ciudad.


Con el propósito de que hayan menos personas y menos carros en las calles de la ciudad y así lograr que la gente cumpla con la cuarentena , la Alcaldía de Cali implementó nuevas medidas que restringe la circulación de vehículos y motos  a través del DECRETO No. 4112.010.20.0818 de 2020 (Abril 17 de 2020) 

William Vallejo , Secretario de Movilidad de Cali , anunció que a partir de este 20 de abril el ‘pico y placa’ en la ciudad contará con nuevas medidas, aumentándose las restricciones en la movilización de vehículos y motos .

Desde este lunes  20 de abril se contempla un incremento en el numero de vehículos que no podrán movilizarse ya que sólo podrán salir , incluidas las motos, de acuerdo al último dígito de la placa

En este cuadro encontrará la metodología en la que se podrán movilizar los caleños de acuerdo al pico y placa y ´pico y cédula 

PICO Y VIDA 
MEDIDAS DE RESTRICCIÓN POR LA VIDA 
DIA  VEHÍCULOS PARTICULARES , MOTOCICLETAS Y TAXIS  PERSONAS 
Restricción de Circulación Placas  Pico y Cédula 
Pueden transitar de acuerdo al último digito de la placa terminada en  Pueden transitar de acuerdo al úñtimo digito del documento de identidad terminado en: 
Lunes  Pares: 2, 4, 6, 8, 0 1, 2
Martes Impares: 1, 5, 7 ,9  3, 4 
Miércoles  Pares: 2, 4 ,6 ,8 ,0 5, 6
Jueves  impares: 1, 3 ,5 , 7 ,9  7, 8
Viernes Pares: 2, 4 , 6, 8 0 9 , 8
Sábado Impares: 1, 3, 5 , 7 ,9 Impar : 1, 3, 5 , 7 , 9
Domingo Sólo personas amparadas en las excepciones señaladas en el artículo 2 del Decreto Distrital 0808 del 2020  PAR: 2, 4 , 6, 8 ,0 

 

Para las motocicletas se deberá tomar el último dígito de la placa, sin importar la letra de terminación de la misma.

El nuevo pico y placa será hasta el final de la cuarentena y aplica para las 24 horas del día

La medida se implementa a partir de las 00:00 horas del lunes 20 de abril de 2020 hasta  las 00:00 horas del 27 de abril de 2020, o hasta que se levante el aislamiento preventivo obligatorio, la restricción de circulación  es para vehículos automotores particulares de toda clase de dos y más ruedas, y vehículos de servicio público de transporte terrestre individual de pasajeros, tipo taxi; así mismo la implementación de la medida de Pico y Cédula . 

De acuerdo al decreto se permitirá la circulación de los vehículos de transporte público individual tipo taxi el
día domingo; durante la prestación del servicio se debe dar estricto cumplimiento a lo establecido en el parágrafo primero del artículo 4 del Decreto 4112.010.20.0808 de 2020.

La restricción establecida no aplica para los servicios notariales, adquisición de medicamentos y dispositivos médicos; tampoco aplica para , quienes adelantan programas de ayuda humanitaria a población vulnerable y protección

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