Condenan a mas de 5 años de cárcel a Epa Colombia, mientras que al Ñoño Elías por Odebrech a sólo 8 años. Justicia para los de a pie


Este jueves 12 de agosto Colombia conoció lo que significa la desproporcionalidad de la justicia  colombiana y la oportunidad selectiva de la Fiscalía General de la Nación

El Tribunal Superior de Bogotá, leyó la sentencia que en segunda instancia se le aplicará a Daneidy Barrera mas conocida como EPA Colombia,  joven bogotana que el 22 de noviembre  2019, en medio de protestas,  vandalizó algunas estaciones de Transmilenio y grabó dicha acción en  un vídeo transmitido en  sus redes sociales. 

Epa Colombia fue condenada a cinco años, tres meses y 15 días de prisión , adicional  deberá pagar “492 salarios mínimos vigentes en 2019 y la pena accesoria de inhabilidad del ejercicio de profesión arte, oficio, Industria y Comercio que para el caso de la procesada es de ‘influencer’ o ‘youtuber’

Es decir EPA Colombia no podrá durante el mismo tiempo de la condena , que tendrá que ser pagada en cárcel fisica y no beneficiarse con prisión domiciliaria, su trabajo como youtuber. 

De acuerdo con el Tribunal  la joven empresaria deberá ir a prisión porque el delito que cometió (vandalizar estaciones de  Transmilenio no hace parte de los que se puede cumplir con prisión domiciliaria.

A  ‘Epa Colombia’ no le dieron el beneficio de la casa por cárcel porque » Hay un artículo en el Código Penal que es el artículo 68A que dice que a usted le pueden conceder prisión domiciliaria por cualquier delito menos por estos que es una lista enorme, y en esa lista está el delito por la que la condenaron a ella, que es instigación para delinquir con fines terroristas, por eso ella tiene que pagar cárce.

Asi mismo el Tribunal  considero que » “El ilícito alcanzó alto nivel de peligrosidad por el reconocimiento que ella tiene en las redes sociales de Facebook y YouTube, condición que le permitió alcanzar gran difusión su invitación a delinquir con el fin de generar intranquilidad y pánico social considerando»

Los magistrados Efraín Adolfo Bermúdez y Fabio David Bernal Suárez  revivieron el delito de instigación a delinquir con fines terroristas por el que ‘Epa Colombia ‘, fue absuelta en primera instancia y hoy le aplicaron una condena desproporcionada , si se tiene en cuenta la condena al exgobernador Alejandro Lyons que se robo mas de 8 mil millones de pesos y lo condenaron a 63 meses

El magistrado del mismo Tribunal superior de Bogota,  Juan Carlos López no estuvo de acuerdo con la decisión

El magistrado López  señaló : “a mi manera de ver, la procesada (Daneidy Barrera) no actuó con un fin terrorista (…) Valga advertir que no es dable asociar un acto de terrorismo, con un acto de vandalismo. El primer concepto refiere a quien provoque o mantenga un estado de zozobra o terror a la población o parte de ella, utilizando medios que afecten varios bienes jurídicos, mientras el segundo, según la definición de la Real Academia, se refiere al espíritu de destrucción que no respeta cosa alguna, sagrada ni profana”.

 

La condena de 63 meses de prisión por  » daño en bien ajeno y perturbación en el transporte público», es inferior a la condena impuesta al corrupto senador  Eduardo Pulgar, quien por sobornar a un juez de la República con 200 millones, lo condenaron a 58 MESES de prisión ( 4 años y 10 meses) 

Para muchos la celeridad con la que actuó la fiscalía en este caso , no es la misma que ha demostrado en el caso de Andrés Escobar, ciudadano de Cali, que en el marco del paro nacional,salió a las calles del exclusivo barrio Ciudad Jardin, sur de Cali, a disparar, al lado de la policía, a los manifestantes.

Hoy no hay  resultados de esa exhaustiva investigación ni de la de las agüitas con cianuro y la narcofinca entre otros. 

Pregunta :$70 mil millones de Mintic perdidos cuanto tiempo de cárcel dará?

Para la justicia colombiana EPA Colombia es  más peligrosa  que un narcotraficante,  o un político  corrupto que se roba la comida de los niños  o un contratista que se roba los recursos públicos. 

 

 

A Epa Colomboa aún le queda un camino para no terminar en la cárcel y por lo menos  pagar condena en su domicilio.

El Tribunal señaló, que de acuerdo al Acto Legislativo 01 de 2018, la defensa de la condenada o ella misma podrá pedir que se garantice el derecho a la doble conformidad judicial o a impugnar la primera condena. Derecho que se activa ante la emisión de un fallo, se lee en la decisión.

Y advirtió que «frente a lo acá resuelto procede la impugnación especial para la condenada o su defensa, en los términos procesales previstos en la ley para el recurso de casación». Este recurso solo se podrá utilizar para el delito de instigación a delinquir.

Frente a los otros delitos por lo que fue condenada en primera y en segunda instancia podría interponer recurso de casación que llegaría a la Corte Suprema de Justicia. 

Por su parte la hoy empresaria Daneidy Barrera escribió en sus redes sociales: 

“Todo va a estar bien…”

Esas palabras me las repito una y otra vez como una especie de plegaria, reconociendo y aceptando que soy humana, que cometo errores, que a veces caigo y no tengo deseos de levantarme, que hay días en donde no quiero saber del mundo y que el mundo no spa de mí. Pero también me repito que voy a salir victoriosa de todo lo que me proponga porque sé que lo hago de corazón y con todo el amor que hay en mí.

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