Corte Suprema reduce pena por corrupción contra exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas  y lo absuelve del delito de peculado.


Luego de ratificar su condena por unos hechos y absolverlo por otros ya juzgados y no comprobados como delictivos, la Corte Suprema de Justicia fijó en 11 años y 10 meses de prisión una de las penas contra el exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas, por las conductas de corrupción cometidas en el denominado “carrusel de contratos” de la ciudad.

Es de recordar que el exalcalde de la capital del país había sido condenado en febrero de 2019 a 39 años de cárcel por un juez, pero en segunda instancia se rebajó esa pena a 24 años por el Tribunal Superior de Bogotá. Ahora es la Corte Suprema de Justicia que rebaja la pena a 11 años y 10 meses de cárcel.

En la decisión, adoptada por la Sala de Casación Penal de la Corte, se estudió el alcance de la sentencia de segunda instancia emitida en 2019 por los delitos de cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación en el contrato de malla vial 006 de 2008, el de valorización 180 de 2005 y la cesión del contrato 137 de 2007 para la Fase III de Transmilenio.

Respecto a los delitos de cohecho e interés indebido en la celebración de contratos, la Sala confirmó la condena contra Moreno Rojas porque se demostró que, junto a los empresarios del Grupo Nule, el abogado Álvaro Dávila, el entonces contralor distrital Miguel Morales Russi y empleados del IDU, es responsable del acuerdo de pago de comisiones de éxito correspondientes a específicos porcentajes del valor de cada uno de los contratos de malla vial que fueron adjudicados.

A juicio de la Corte, Samuel Moreno “cometió -entre otros- el delito de cohecho … pues acordó la obtención de grandes beneficios económicos a cambio de favorecer a los contratistas que colaboraron con dinero y políticamente en su campaña para conseguir ser elegido como Alcalde de Bogotá”.

Sin embargo, frente al delito de peculado la Corte Suprema  absuelve al exalcalde porque se tuvo en cuenta  la reciente decisión en la cual se absolvió a la directora del IDU, Liliana Pardo, por este mismo comportamiento atribuido al entonces alcalde mayor.

En ese fallo, del 7 de febrero de 2020, se declaró que en la cesión del contrato 137 de 2007 el Distrito no perdió dinero, y al no constituir una pérdida en las finanzas, no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, por lo tanto, si no se configuró el peculado, Samuel Moreno no podría tener responsabilidad en esa conducta.

Es de recordar que tal cesión se entregó a Conalvías en 2010 sin que se amortizara un anticipo de 28.000 millones de pesos, valor que posteriormente fue asumido por la aseguradora Segurexpo.

 

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