¡Crisis en Popayán! La alcaldía tiene un plazo de cinco días para pagar millonaria multa a los Hermanos Solarte.
El Tribunal Administrativo del Cauca profirió un fallo en el caso de los Hermanos Solarte contra el Municipio de Popayán, el cual obliga a este último cancelar más de 35 mil millones de pesos más intereses a este Consorcio.
El pago de acuerdo, de acuerdo con el fallo judicial, deberá hacerse en los cinco próximos días, después de la notificación del mismo, el cual tiene fecha del 20 de septiembre del 2022.
Es decir, una vez el alcalde Juan Carlos López Castrillón, sea notificado de esta decisión, se comienzan a contar los cinco días para cancelar dicha suma de dinero, que afectaría negativamente los recursos públicos del municipio, por ende, en el desarrollo social y económico de la ciudad.
Vale indicar que esta determinación podría ser apelada por los jurídicos del municipio, demorando un poco más el proceso, pero que de acuerdo a juristas consultados por diferentes medios de comunicación, la decisión ya dada por el Tribunal no tiene reversa.
Lo único que podría cambiar en esta decisión, es que no sean cinco días para cancelar toda la suma de dinero, sino que se pueda realizar un acuerdo de pago entre la firma de ingenieros y el Municipio, quien atraviesa su peor momento económico debido a la poca recaudación de dineros a través del impuesto predial.
El fallo establece, en su parte resolutiva, estable que:
PRIMERO.- Librar mandamiento de pago a favor de CARLOS ALBERTO SOLARTE SOLARTE y en contra del MUNICIPIO DE POPAYÁN, así:
i) Por el capital de ($36.297.183.647,50) treinta y seis mil doscientos noventa y siete millones ciento ochenta y tres mil seiscientos cuarenta y siete pesos con cincuenta centavos.
ii) Por los intereses de la anterior suma a una tasa equivalente al DTF, causados del 14 de junio de 2019 al 14 de abril de 2020.
iii) Y por intereses de mora de dicho capital a la tasa comercial autorizada desde el 15 de junio de 2020 y hasta que el pago se realice.
SEGUNDO. El municipio de Popayán deberá cancelar las sumas de dinero antes mencionadas, en el término de cinco (5) días siguientes al momento en que se notifique de este auto, de conformidad con el artículo 431 del C.G.P.