Consejo de Estado suspende provisionalmente decreto 227 de 2023 .
En la tarde del dos de marzo de 2023, el Concejo de Estado confirmó la suspensión del decreto 227 de 2023 que le otorgó al presidente Gustavo Petro las funciones para asumir el control de los servicios públicos en el país
La decisión fue tomada luego de estudiar la demanda que presentaron los ciudadanos y abogados Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, quienes solicitaron que se adoptara la medida cautelar de urgencia consistente en la suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023 «Por el cual se reasumen algunas de las funciones Presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones».
La medida cautelar, conforme al artículo 229 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo , procede a solicitud de parte, siempre que sea necesaria para proteger y garantizar provisionalmente el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia. El decreto de ésta, como medida “de urgencia”, esto es, impostergable, procede sin previa notificación a la parte demandada.
Según la información entregada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliaros serán las encargadas de ejercer, de manera ordinaria, las funciones que se les fueron asignadas en las Leyes 142 y 143 de 1994.
Por lo tanto, el Consejo de Estado decretó “la medida cautelar de urgencia de suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023 ‘Por el cual se reasumen algunas de las funciones Presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones’”.
Este Decreto, que ahora fue suspendido, tenía la finalidad de que el presidente Gustavo Petro asumiera la responsabilidad de regular los precios de los servicios públicos, una labor que no tenía un mandatario nacional desde 1994.
De acuerdo con la decisión del Consejero de Estado Roberto Serrato Valdés, integrante de la Sección Primera de la Corporación, fueron dos f argumentos en los que se sustentó la decisión de suspensión provisional del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023:
En primer lugar, se encontró que se omitió el deber de publicar el proyecto de acto administrativo regulatorio demandado por el término de quince (15) que señalan las normas aplicables y, además, no se justificó, de manera adecuada y razonada, el motivo por el cual se dispuso reducir a tan solo dos días la posibilidad de que la ciudadanía en general y de los grupos de interés, en particular, participaran en el proceso de producción normativa, a través de opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto de regulación que posteriormente dio lugar a la expedición del decreto 227.
Es decir según los abogados, la decisión de demandar el Decreto se dio porque el Gobierno nacional no cumplió con los requisitos de publicidad y socialización previos que exige la ley, donde es obligación de la entidad publicar el Decreto por mínimo 15 días calendario para que la ciudadanía pueda formular opiniones, propuestas o sugerencias al respecto.
En segundo término, el Despacho consideró que el presidente Petro solo puede reasumir las funciones que delegó expresamente, pero con el decreto 227 reasume competencias que fueron conferidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas y la Comisión de Regulación de Agua, “por parte del legislador, para lo cual no tiene autorización”.
Vale la pena recordar que el presidente Gustavo Petro tomó la decisión de regular los precios de los servicios públicos a través del Decreto 227 del 16 de febrero de 2023, como un intento de rebajar las tarifas de, por ejemplo, el servicio de energía que en 2022 aumentó un 22,40%.

