‘Defendemos la mesada 14 de asignaciones de retiro en la fuerza pública’: Presidente Petro


Este 9 de mayo a través de su cuenta de Twitter, el presidente Gustavo Petro le hizo un llamado al Consejo de Estado para que reviva, para los miembros retirados de la Fuerza Pública  la llamada mesada 14.

De acuerdo con el Jefe de Estado, «la mesada 14 además de ser constitucional es un reconocimiento a su labor y sacrificio  durante el tiempo de servicio». 

Es de recordar que la mesada 14 era un pago adicional a lo establecido por ley que recibían los miembros retirados de la Fuerza Pública. Actualmente, los trabajadores reciben 13 salarios al año, 12 correspondientes al pago de su sueldo y uno que proviene de las dos primeras que se pagan en junio y diciembre.

El llamado del presidente se debe a que la Sección Segunda del Consejo de Estado, mediante providencia de 28 de julio de 2022, resolvió suspender de manera provisional el pago de esta mesada porque, al parecer, vulnera una de las reglas del artículo 48 constitucional, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2005.

Por ello, el Ministerio de Defensa anunció ahora que insistirá en pedir que se permita hacer este pago, al considerar que “la Fuerza Pública es un régimen especial y, por consiguiente especial”.

“Si la decisión del honorable Consejo de Estado es dejar sin sustento legal la llamada mesada 14 a los integrantes de la Fuerza Pública, el Gobierno estudiará todas las salidas legales que eviten causar un perjuicio a los retirados de la Fuerza Pública, quien en gran cantidad por su edad y condiciones legales son sujetos de especial protección constitucional”, señala un comunicado del Ministerio de Defensa.

En agosto de 2022 el Consejo de Estado explicó el proceso en el que se encontraba el proceso: 

Comunicado de prensa Consejo de Estado Agosto 2022 

En atención a la información que circuló ayer a través de redes sociales sobre el pago de la mesada 14 a los pensionados de la fuerza pública, el Consejo de Estado considera importante señalar lo siguiente, con el fin de evitar confusiones:

1- Cursa en el Consejo de Estado el proceso de nulidad 2018-1138, contra el Acta de 22 de abril de 2014, «por medio de la cual se decide sobre el pago de la mesada 14 a los pensionados del Ministerio de Defensa[…]», suscrita por la Directora Administrativa y la Coordinadora del Grupo de Prestaciones Sociales de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional.

2- En dicho proceso la Sección Segunda de esta corporación, a través de auto de ponente de 7 de julio de 2021, confirmado -en sede de súplica- por la Subsección B, mediante providencia de 28 de julio de 2022, resolvió suspender de manera provisional la referida acta, por cuanto, luego de una evaluación inicial o preliminar, se evidenció que su contenido, al parecer, vulnera una de las reglas del artículo 48 constitucional, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2005.

3- Como el proceso apenas está en la etapa cautelar o inicial, en las mencionadas providencias sólo se realizó un análisis sumario, esto es, una valoración inaugural o preliminar, que comprendió un estudio inicial respecto de la legalidad del acto administrativo cuestionado, por lo tanto, será con la totalidad de los elementos materiales de la litis que se realizará un estudio integral de su legalidad en la respectiva sentencia.

4- Finalmente, se informa a la opinión pública que en estos momentos el proceso de nulidad 2018-1138 se encuentra en la Secretaría de la Sección Segunda, surtiendo los trámites secretariales de traslados -que legalmente corresponden- y que la segunda semana de septiembre pasará al despacho sustanciador para continuar su trámite.

Ojalá y esta mesada 14  la revivieran para todos los pensionados que no forman parte de la fuerza publica pero que fueron afectados con su eliminación durante el gobierno de AUV.

La mesada 14 se eliminó luego de que el Congreso aprobó un proyecto de acto legislativo radicado por el gobierno Uribe, pero fue en 2005

Un poco de historia: Con la Ley 4 de 1976 se creó la mesada 13, que se paga en diciembre y aplica para todos los pensionados. La mesada 14 se introdujo en la Ley 100 de 1993 para aquellos que hubiesen adquirido el derecho a la pensión antes del 1 de enero de 1988. Se reconocería a partir de 1994 y se pagaría cada junio.

La idea era compensar a los pensionados antes de 1988 porque la ley que regía hasta ese momento (Ley 4a. de 1976) no contemplaba un reajuste de la mesada con base en el aumento del salario mínimo, como sí lo consideró la Ley 71 de 1988, que aplicó desde ese año.

Más tarde, a través de la sentencia C-409 de 1994 la Corte Constitucional extendió esa mesada a todas los pensionados.

Pero, en 2004 el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez propuso eliminar ese beneficio para los futuros pensionados. En julio de ese año el entonces ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla y el ministro de Protección Social, Diego Palacio, presentaron en la Cámara de Representantes el proyecto de acto legislativo 34 de 2004 para modificar el artículo 48 de la Constitución Política, incluida la eliminación de la mesada 14. Uribe justificó esa reforma para garantizar la sostenibilidad financiera del sistema pensional.

Finalmente se aprobó y entró en vigencia desde el 25 de julio a través del Acto Legislativo 01 de 2005. El exministro Carrasquilla dijo ese año que la reforma permitiría el ahorro de 46 billones de pesos para la Nación.

La nueva norma estableció que solo los pensionados hasta el 25 de julio de 2005 recibirían la mesada 14 siempre que no excediera los 15 salarios mínimos mensuales vigentes. Quienes cumplieran los requisitos para acceder a la pensión desde esa fecha hasta el 31 de julio de 2011 podrían recibir la mesada siempre y cuando esta fuera igual o menor a tres salarios mínimos mensuales vigentes. Y quienes se pensionaran después del 31 de julio de 2011 ya no recibirían la mesada 14. ( fuente La Silla Vacia)

 

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