La propuesta estipula recaudar el dinero para sacar adelante supuestas obras e inversió entre las comunidades.



La iniciativa, incluida en el proyecto de Ley de Rescate Económico presentado ante el Congreso, contempla gravar productos procesados como galletas, conservas, salsas, cereales, chocolates y algunos embutidos. El Ejecutivo plantea devolver el impuesto a los hogares de menores ingresos mediante transferencias que podrían alcanzar los $288.000 mensuales.

Una propuesta del Gobierno del presidente Abelardo de la Espriella para modificar el sistema tributario colombiano abrió un nuevo debate sobre el posible impacto de los impuestos en el costo de vida de los hogares. La iniciativa contempla aumentar del 5 % al 19 % el IVA de varios alimentos procesados y productos de consumo habitual, como parte de la denominada Ley de Rescate Económico, radicada ante el Congreso de la República.

El proyecto busca eliminar buena parte de las tarifas diferenciales y los tratamientos tributarios preferenciales que actualmente tienen distintos bienes y servicios. Según la explicación del Ministerio de Hacienda, el propósito es simplificar el sistema tributario, reducir distorsiones en el recaudo y contribuir a cerrar el déficit fiscal.

La propuesta no significa que todos los alimentos vayan a tener un IVA del 19 %. El Gobierno plantea conservar el tratamiento preferencial para los productos de la canasta básica y los alimentos primarios sin procesos industriales complejos, mientras que los productos con transformación, conservantes y empaques destinados a prolongar su conservación pasarían a pagar la tarifa general.

Entre los productos que aparecen en la propuesta están las conservas y vegetales procesados, como maíz dulce, arvejas enlatadas, champiñones preparados, encurtidos, fríjoles precocidos, frutas en almíbar y compotas.

También figuran diferentes salsas y condimentos de uso frecuente en los hogares, entre ellos mayonesa, salsa de tomate, mostaza, aderezos, sopas deshidratadas y cubos de caldo concentrado.

La iniciativa incluye, además, galletas dulces y saladas empacadas, cereales azucarados o inflados para el desayuno, tostadas industriales, ponqués empacados y algunas variedades de pastas rellenas o instantáneas.

En el grupo de carnes procesadas aparecen jamones curados o cocidos, tocineta, salchichas tipo viena y cóctel, así como productos enlatados como atún y sardinas. A estos se suman chocolates de mesa procesados, chocolatinas, caramelos y mezclas lácteas azucaradas o saborizadas.

La modificación tributaria se aplicaría a partir del primero de enero de 2028, de acuerdo con el contenido de la iniciativa. Por ahora, se trata de una propuesta que deberá surtir su trámite legislativo y ser discutida por los congresistas antes de convertirse en ley.

Como mecanismo para compensar el impacto que podrían tener los cambios tributarios sobre las familias vulnerables, el Ejecutivo propone implementar el programa EfectIVA, mediante el cual se devolvería el impuesto pagado por los hogares beneficiarios.

Según las cifras divulgadas por el Ministerio de Hacienda, alrededor de 19 millones de colombianos de menores ingresos recibirían una devolución equivalente al 100 % del IVA asociado a sus compras. El Gobierno calcula que el beneficio representaría un promedio de $213.000 mensuales por hogar y podría alcanzar un máximo cercano a los $288.000.

El esquema también contempla porcentajes de devolución para otros grupos de ingresos. La propuesta establece que el mecanismo funcionaría mediante transferencias monetarias y estaría acompañado de un proceso de fortalecimiento de la facturación electrónica, con participación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Aunque la entrada en vigencia del nuevo esquema está prevista para 2028, el Gobierno también ha mencionado la posibilidad de realizar un giro anticipado a los beneficiarios en diciembre de 2026.

La iniciativa busca conservar sin este impuesto varios alimentos considerados esenciales para la alimentación de los colombianos. Entre ellos se encuentran el arroz, el pan tradicional, la arepa, las carnes frescas de res, cerdo y pollo, los huevos, la leche líquida, la sal, la papa, la yuca, los granos, el pescado fresco y el agua.

También permanecerían sin IVA las fórmulas infantiles, los medicamentos, los servicios educativos, el arrendamiento de vivienda y los servicios públicos domiciliarios. El tratamiento preferencial cobijaría igualmente al transporte público de pasajeros y a los servicios financieros.

El proyecto señala que los bienes y servicios que conservarían su exclusión representan cerca del 58 % del gasto total de los hogares que se encuentran en condición de pobreza.

En el caso de algunos embutidos de alto consumo, como el salchichón, la butifarra y la mortadela, la propuesta plantea que pasen de la tarifa del 5 % a la categoría de bienes exentos, con una tarifa del 0 %. De esta manera, sus productores podrían descontar el IVA pagado en los insumos sin trasladar un incremento tributario al precio de venta.

La modificación del IVA no se limitaría a los alimentos. El proyecto también contempla aumentar del 5 % al 19 % el impuesto para los vehículos híbridos y eléctricos, así como para determinados licores, vinos y aperitivos.

Además, se proponen cambios tributarios para algunas licencias de software y servicios relacionados con el desarrollo de contenidos digitales, alojamiento de páginas web, servidores y computación en la nube.

En contraste, el ACPM, los seguros y planes complementarios o de medicina prepagada, y la madera pasarían a la categoría de bienes y servicios excluidos del impuesto, según el texto divulgado.

La Ley de Rescate Económico fue presentada como una estrategia para reducir el déficit fiscal y reorganizar las finanzas públicas. Sin embargo, sus propuestas tributarias deberán ser examinadas por el Congreso, donde se definirá si reciben modificaciones, cuáles medidas avanzan y bajo qué condiciones podrían entrar en vigencia.

El debate estará centrado en el efecto que los nuevos gravámenes podrían tener sobre los precios de los productos de consumo cotidiano y en la capacidad del mecanismo de devolución para compensar a las familias de menores ingresos.

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