CSJ pide investigar a exmagistrados que siguen en cargos de periodos vencidos.


La Corte Suprema de Justicia, hizo un fuerte pronunciamiento contra la Sala Disciplinaria de la Judicatura, este miércoles 21 de octubre, específicamente contra los magistrados Pedro Sanabria y Julia Emma Garzón, quienes suman más de 12 años en ese cargo a pesar de que su periodo constitucional es de 8 años y que además pretenden quedarse cuatro años más.

Al abstenerse de levantar las medidas cautelares que pesan sobre bienes entregados por el desmovilizado Miguel Ángel Melchor Mejía Múnera para reparar a víctimas del paramilitarismo, la Corte Suprema de Justicia solicitó a la Fiscalía General de la Nación, investigar las posibles responsabilidades penales en que hayan podido incurrir Pedro Alonso Sanabria Buitrago y Julia Emma Garzón de Gómez.

Además, por permanecer en los cargos de magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, aunque sus períodos vencieron en 2016, señala la Corte en la providencia con radicado 56372.

La determinación, adoptada por la Sala de Casación Penal, se produjo en respuesta a un mensaje electrónico de la semana pasada, mediante el cual recibió una supuesta orden de tutela aprobada sin la correspondiente mayoría porque estaba firmada también por Sanabria Buitrago y Garzón de Gómez.

El alto tribunal señaló que la “aparente sentencia de tutela” fue decidida el 8 de septiembre por la Sala Disciplinaria de la Judicatura, con ponencia del denominado magistrado eterno, Pedro Sanabria. “De ahí que esta Sala concluya que el texto que le fue remitido en el correo electrónico de 14 de octubre último no es una sentencia judicial sino un borrador porque no fue aprobado por la mayoría de la aludida Corporación.

Para la Sala, es claro que se trata de dos particulares que no ejercen, a la fecha, el cargo de magistrados, cuya participación en la deliberación y votación de la ponencia no concurre, ni puede concurrir, a la conformación del quórum de liberatorio y decisorio en la saliente Sala Disciplinaria.

«El documento que se hace pasar como una decisión y que se puso en conocimiento de esta Corte en la precitada comunicación de 14 de octubre aparece suscrito por cuatro de los magistrados que integran la Sala, pero dos de ellos salvaron el voto». El proyecto, entonces, sólo fue votado favorablemente por dos funcionarios, de manera que no alcanzó el número mínimo de apoyos para su aprobación y, por ende, para adquirir la naturaleza jurídica de sentencia.

De hecho, el fallo de la Sala Disciplinaria de la Judicatura fue decidido con los votos de Pedro Sanabria, Julia Emma Garzón, Alejandro Meza Cardales y Fidalgo Estupiñán. Salvaron su voto (es decir, se apartaron de la decisión mayoritaria) Magda Victoria Acosta, Camilo Montoya Reyes y no participó Carlos Mario Cano Diosa.

“En esas condiciones, el texto remitido a esta Corporación no constituye providencia judicial, y del mismo, entonces, no puede derivarse ninguna orden, menos aún de carácter vinculante, para cuyo acatamiento resulte necesario adoptar determinación alguna”, expresa la Sala.

Finalmente, la Corte concluye que aunque Sanabria y Garzón firman el fallo y votan a favor de devolver los bienes, considera que ellos dos son “exmagistrados” que no podían tomar decisiones por lo cual, el fallo solo se suscribió con dos votos pese a que el quórum requerido es de cuatro.

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