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25 años de cárcel a madre que explotó sexualmente, durante 5 años, a su hija menor de edad

25 años de cárcel a madre que explotó sexualmente, durante 5 años, a su hija menor de edad.

La Fiscalía comprobó que la madre amarraba de pies y manos a la víctima, y le vendaba los ojos para que no reconociera a sus abusadores. El padrastro de la menor también fue sentenciado por agredir sexualmente a la víctima.


Luego de valorar el conjunto de pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, un juez de conocimiento condenó a 25 años y 8 meses de prisión a una mujer que, durante 5 años, obligó a su hija, menor de edad, a sostener relaciones sexuales con distintos hombres adultos, a cambio de dinero. Los hechos ocurrieron en Medellín.

Por estos hechos la mujer fue sentenciada por el delito de proxenetismo con menor de 14 años agravado.

De acuerdo con la investigación, adelantada por una fiscal del Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas), desde el año 2017, cuando la víctima tenía 8 años; y por los menos hasta el 2021; la hoy sentenciada utilizó la vivienda en que residía con la menor, para que distintos hombres sometieran a vejámenes sexuales a su hija.

Los hechos ocurrieron en el barrio La Cruz de Medellín (Antioquia). La Fiscalía estableció que la mujer ataba a la menor a la cama de pies y manos para que no se resistiera a las agresiones; además, le vendaba los ojos para impedirle reconocer a sus abusadores. 

Las pruebas aportadas por la Fiscalía demostraron que estas conductas ilegales se repetían hasta tres veces por día. Se demostró además que cuando la víctima se resistía, la progenitora la sometía a quemaduras con cigarrillo en varias partes del cuerpo.

En la misma decisión, el juez sentenció a 21 años y 4 meses de prisión al padrastro de la menor. Al respecto, el ente acusador probó que el hombre fue uno de los agresores sexuales de la niña.

Esta persona fue encontrada responsable del delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado. Ambos condenados están privados de la libertad desde febrero de 2023. La decisión de primera instancia fue apelada por la defensa de los procesados.

Lo cogieron con los calzones abajo! A las 5:25 am fue capturado «Noño» Elias

Lo cogieron con los calzones abajo! A las 5:25 am fue capturado «Noño» Elias


Los excongresistas Bernardo Miguel el Ñoño Elías y Musa Besaile, fueron recapturados en la madrugada de este viernes 9 de agosto por la condena en el caso del Fonade.

Es de recordar que la condena esta relacionada con tráfico de influencias,en donde los excongresistas  habrían tenido intereses para los cupos indicativos a través de contratos y proyectos de desarrollo en todo el país.

La libertad de expresión no puede atropellar a las personas: Corte Suprema


La #SalaPenal dejó en firme absolución por el delito de calumnia, luego de considerar que la Fiscalía no acreditó más allá de toda duda razonable, que la intención del procesado estuvo dirigida a difamar a la víctima, con el propósito de agraviar su integridad moral

El Alto Tribual llamó la atención de que la libertad de expresión es un derecho que goza de especial protección constitucional, pero no justifica que “se atropelle a las demás personas con expresiones desconsideradas.

La sanción es contra JUSTO IVÁN PEÑARANDA AYALA por el delito de calumnia y el afectado fue Fredy Hernando Ibarra Martínez, quien para ese momento se desempeñaba como presidente y magistrado de la sección primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca- El fallo se da por que el sentenciado » JUSTO IVÁN PEÑARANDA AYALA le atribuyó haber recibido en su residencia (al magistrado) la suma de cincuenta millones de pesos para dirigir o intervenir en la decisión que debía proferir esa Corporación dentro del proceso de pérdida de investidura que cursaba en contra de Juan David Balcero Balcero. Cuando JUSTO IVÁN PEÑARANDA AYALA salió del despacho privado del magistrado, gritó que «todos» eran unos «corrompidos», «corruptos» y «ratas».

Ojalá esta decisión sea igual en los casos de la vicepresidenta y Gustavo Bolívar. La libertad de expresión es un derecho que goza de especial protección constitucional, pero no justifica que “se atropelle a las demás personas con expresiones desconsideradas: Corte Suprema en fallo a favor de un magistrado