La actuación busca establecer posibles irregularidades en la aplicación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades durante la sentencia absolutoria emitida en 2025, dentro del proceso penal adelantado contra el exmandatario.



La Comisión Nacional de Disciplina Judicial inició una indagación formal contra tres integrantes de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá por presuntas anomalías en el trámite judicial relacionado con el proceso adelantado contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. La decisión quedó consignada en un auto que fue notificado el 17 de febrero de 2026.

Según el documento, conocido públicamente tras su difusión por medios de comunicación, la actuación disciplinaria se dirige contra los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto. La investigación busca establecer si los funcionarios habrían desconocido las normas que regulan el régimen de impedimentos, inhabilidades e incompatibilidades durante el proceso en el que emitieron una sentencia el 14 de octubre de 2025, cuya lectura se realizó días después.

El auto señala que la comunicación fue enviada al ciudadano que promovió la queja disciplinaria, reiterando que cualquier trámite relacionado con el proceso deberá efectuarse a través de los canales electrónicos institucionales, conforme a las disposiciones legales vigentes que obligan a mantener informado al peticionario sobre el desarrollo de su solicitud.

Antes de la apertura de la investigación disciplinaria, el caso había sido examinado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que estudió una acción de tutela presentada por el mismo ciudadano. En su recurso, el solicitante alegó que el fallo absolutorio emitido en octubre de 2025 habría presentado una posible irregularidad derivada de la participación de un magistrado que, según su argumento, debía declararse impedido para intervenir en la decisión.

De acuerdo con el planteamiento expuesto en la tutela, la presunta omisión habría alterado la integración del tribunal y podría haber incidido en el resultado final de la votación, que se adoptó por mayoría. El accionante consideró que esta situación vulneraba principios constitucionales como el debido proceso y la imparcialidad en la administración de justicia.

Sin embargo, la Corte determinó que el ciudadano carecía de legitimación para interponer la acción constitucional, al no demostrarse una afectación directa a sus derechos fundamentales ni la representación válida de terceros. La corporación concluyó que la condición de veedor o representante de intereses colectivos no otorga facultad procesal para impugnar decisiones judiciales en procesos en los que no se es parte formal.

Como consecuencia de ese análisis, la Corte resolvió rechazar la tutela por falta de legitimación, aunque dejó abierta la posibilidad de que el denunciante acudiera a las instancias disciplinarias competentes para exponer sus inconformidades frente a la actuación de los funcionarios judiciales.

Precisamente en ese escenario se produce ahora la intervención de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que busca establecer si existieron eventuales faltas funcionales por parte de los magistrados que conformaron la mayoría que emitió la sentencia absolutoria.

El auto de apertura de la investigación no contiene conclusiones sobre la responsabilidad de los funcionarios involucrados. Su alcance se limita a dar inicio a la etapa investigativa, durante la cual se podrán practicar pruebas, analizar la información disponible y verificar los hechos denunciados para determinar si existió o no una infracción disciplinaria.

Dentro del procedimiento disciplinario, esta fase permite recolectar elementos de juicio que orienten la toma de decisiones posteriores. Una vez culminadas las etapas probatorias y de análisis jurídico, la autoridad competente deberá adoptar una determinación de fondo conforme al régimen disciplinario aplicable a los servidores judiciales.

Por ahora, la apertura del proceso constituye el primer paso dentro del trámite que examinará la actuación de los magistrados en relación con el fallo absolutorio emitido en octubre de 2025, manteniendo bajo revisión la legalidad y transparencia del procedimiento judicial que involucró al exmandatario colombiano.

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