Siguen restricciones de España a viajeros de Colombia, Perú y Brasi


Este viernes 1 de abril, España anunció que ha prorrogado la cuarentena obligatoria para los pasajeros que provengan de Brasil, Perú y Colombia, así como de nueve países de África.

Esta medida aplica con el fin de evitar la propagación de las nuevas variantes del covid-19 , según una orden del Ministerio de Sanidad que publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La medida, que prorroga la orden del 2 de marzo y estará en vigor al menos hasta el 19 de abril, establece que las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto de los países Sudamericanos mencionados o de Sudáfrica, Botsuana, Unión de Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia o Zimbabue deberán guardar una cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada o durante toda su estancia en España si ésta fuera inferior a ese plazo.

Viajeros de Colombia, Brasil y Perú en Suramerica y de 9 países de África, tendrán que cumplir con cuarentena estricta al pisar territorio español 

La cuarentena se podrá suspender al séptimo día con una prueba negativa

El BOE recuerda que la cuarentena «solo se podrá suspender al séptimo día si a la persona se le realiza una prueba diagnóstica por infección activa con resultado negativo».

«La preocupación sobre los efectos de las variantes de Brasil y de Sudáfrica se mantienen, tanto en lo que afecta a su impacto por una mayor transmisibilidad, el riesgo de reinfecciones y una posible disminución de la eficacia vacunal, como por su extensión a países próximos a donde se detectaron inicialmente, muchos de los cuales presentan un grado de desarrollo limitado de las capacidades de vigilancia, detección y notificación», especifica el BOE.

Durante el periodo de cuarentena, las personas que lleguen a España desde esos países deberán permanecer en su domicilio o alojamiento y limitarán los accesos al mismo de terceras personas.

También tendrán que restringir sus desplazamientos a los imprescindibles: adquirir alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad; asistencia a centros de salud o causas de fuerza mayor.

Agencia Efe

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