Tribunal ordena a Duque suspender temporalmente desembolso de crédito de 370 millones de dólares a Avianca
Un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ordena medidas cautelares para frenar, provisionalmente, el desembolso del crédito que aprobó el Gobierno de Iván Duque para Avianca Holdings S.A.
El fallo da un plazo de 24 horas, a partir de la notificación al ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, para adelantar «todas las actuaciones administrativas necesarias con el fin de dar cumplimiento a la orden impartida», así como para enviar «los soportes correspondientes» de la suspensión del desembolso, que será temporal.
La medida se tomó luego de que el ciudadano Jonatan Ruíz Tobón instaura una demanda, argumentando que ese préstamo vulnera los derechos colectivos de la moralidad administrativa, el patrimonio público y “la seguridad social, en lo que a sostenibilidad se refiere”.
Es así como la resolución del Tribunal resolvió “admitir la demanda instaurada en ejercicio del Medio de Control de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos por el señor Jonatan Ruíz Tobón contra el presidente de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Avianca Holdings S.A.”.
La medida judicial otorga diez días a la Presidencia, al Ministerio de Hacienda y a Avianca Holdings «para contestar la demanda y solicitar la práctica de pruebas, contado a partir del día siguiente al de la respectiva notificación».
Señala el auto del Tribunal que el señor Jonatan Ruíz Tobón presentó en su demanda “documentos, informaciones, argumentos y justificaciones” que permiten concluir, mediante un juicio de ponderación de intereses, resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla .
Por esa razón, los magistrados ordenaron al gobierno nacional que en un término de 24 horas debe suspender el crédito aprobado a Avianca Holdings S.A.
Pese a la orden de suspender der provisionalmente el desembolso, el Tribunal, negó la medida cautelar con la que se pedía que el presidente Iván Duque informara si había un posible conflicto de intereses dado que su hermana, María Paula Duque Samper, es vicepresidenta senior de relaciones Estratégicas y experiencia del cliente de la empresa.
«Esta solicitud se negará por cuanto no tiene una relación directa con la medida cautelar de urgencia encaminada a suspender el desembolso del crédito», señala el fallo.

