Alcalde de El Espinal, a responder disciplinariamente por la mortal emergencia en la plaza de toros Gilberto Charry.


La Procuraduría General de la Nación anunció la apertura de una investigación disciplinaria en contra del alcalde del municipio de El Espinal, Tolima,  Juan Carlos Tamayo, por la tragedia que ocurrió en la plaza de toros Gilberto Charry el pasado domingo 26 de junio 

“El mandatario no respondió los requerimientos sobre planes de acción de atención de desastres realizados. Nos solidarizamos con familiares de heridos y fallecidos”, expresaron desde la cuenta de Twitter del Ministerio Público.

El pronunciamiento del ente de control vino acompañado del parte oficial, aunque todavía preliminar, compartido por el alcalde Tamayo. En total, fueron cuatro los muertos  y 322 heridos durante el desplome de ocho de los 44 palcos que integraban el complejo de toreo.

Una de las víctimas falleció al instante, mientras que tres más alcanzaron a ser remitidas al hospital  de dicha localidad, pero los profesionales de salud no alcanzaron a salvarles la vida. Entre estas, se encontraba un bebé de 14 meses.

Hasta las 7:30 de la noche, el parte compartido por Tamayo dejaba los siguientes heridos: 257, atendidos en el hospital San Rafael, y 23 más en una clínica privada. Por lo menos 15 personas más son atendidas en hospitales de Girardot e Ibagué.

Entre los lesionados se cuentan 14 maternas y 17 menores de edad. Hay cuatro en Unidad de Cuidados Intensivos, dos más ya pasaron por cirugía.

Las víctimas mortales fueron identificadas como como Marco Fidel Hernández, de 53 años; Blanca Lidia Sandoval, de 63; Rocío Brochero, de 51, y un menor de edad de 14 meses.

“Lamentamos mucho lo que sucedió. Nunca había pasado lo que vivimos. Estamos muy tristes, después de toda la organización que hicimos para garantizar unas fiestas muy alegres, muy cordiales”, expresó el mandatario de El Espinal que ahora será investigado por la Procuraduría.

Ante la magnitud de la tragedia el  mandatario señaló que se decretaron tres días de duelo 

Por su parte el gobernador del Tolima Ricardo Orozco , lamentó la tragedia de El Espinal, expresó su solidaridad con las víctimas  e hizo un llamado a suspender eventos en los que se pong en riesgo la vida de las personas y se maltraten los animales 

Por su parte Iván Duque expresó su solidaridad con las víctimas pero no condeno el acto de tortura en contra de los animales, especialmente del toro que estaba ahí y que tenía una pata fracturada 

Finalmente el presidente electo Gustavo Petro solicitó e suspender este tipo de  eventos  

La tragedia más significativa de la historia de las fiestas en corraleja fue registrada el 20 de enero de 1980 en Sincelejo, cuando, a raíz de haber superado el aforo, los palcos de tres pisos se vinieron abajo, sepultando entre toneladas de madera y escombros a cerca de cuatrocientas personas. Esta trágica tarde puso fin a la tradicional fiesta en el municipio hasta el año 1999, cuando se reanudó.

Las corralejas son las fiestas de toros populares de la Costa Caribe de Colombia en las cuales se lidian toros en un redondel de arena. En este arraigado espectáculo se llevan toros de lidia y caballos para las faenas, así mismo las personas pueden entrar por su voluntad al redondel. Poseen el carácter de taurinas debido a su figura principal, el toro de lidia. Son consideradas una herencia de la cultura española en esta región del país. Los géneros musicales que acompañan este evento son el porro y el fandango.

Es de recordar que las Corralejas fueron revivida por las Corte Constitucional en 2018 ​ bajo el silencio y complicidad del Congreso de la República. 

La Corte Constitucional anuló  la sentencia C 41 de 2017 que le daba dos años de plazo al Congreso de la República para crear una ley que regulara las corridas de toros y otras actividades con animales, sin detrimento de incurrir en conductas de maltrato animal.

Así las cosas, quedó vigente la sentencia C 666 de 2010, en donde el alto tribunal declaró exequible el artículo 7 de la ley 84 de 1989, “por la cual se adopta el estatuto nacional de protección de los animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia”.

Según esta norma, estas prácticas podrán seguir desarrollándose hasta tanto exista una norma legislativa que diga lo contrario. Sin embargo, la Corte solicitó adoptar medidas para que en el futuro se eliminen las conductas crueles en estas actividades sin afectar el arraigo cultural.

Así mismo, en esta sentencia la Corte aclaró que únicamente podrán desarrollarse corridas de toros y las otras actividades relatadas en los municipios o distritos en los que dichas manifestaciones sean tradicionales, periódicas e ininterrumpidas. El alto tribunal también explica que las únicas prácticas excluidas de prohibición son las incluidas en el artículo 7 del 84, por lo que no podrán ser agregadas otras en el futuro.

La Corte además expresó en este fallo que ninguna autoridad territorial podrá destinar dineros públicos para financiar estas actividades.

Como una derivación de las corridas de toros, en la Costa Caribe se heredó las corralejas como una tradición cultural en varios departamentos y municipios. 

Estas hacen parte de  la actividad principal en la celebración de las fiestas patronales de diferentes zonas de la región como Ciénaga de Oro, Tierra Alta, en el alto Sinú; Palo de Agua, en el bajo Sinú; Ayapel, Montelíbano, Chinú, Cereté, Sampués, Cotorra, Sincé, San Pedro, Betulia, Corozal, Planeta Rica, La Unión, Colosó y Sahagún.

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