El Gobierno dio a conocer el decreto 074 del 2020, firmado por el ministro de Salud encargado Iván Dario González, mediante el cual se afiliará a ciudadanos extranjeros, con especial énfasis en la población migrante venezolana, así como los colombianos que regresan del vecino país, mas conocidos como retornados.

Requisitos para la afilación de la población migrante venezolana:

Tenga en cuenta que al momento de ingresar al país se le garantizará la atención inicial de URGENCIAS, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 168 de la Ley 100 de 1993, en concordancia con el artículo 67 de la Ley 715 de 2001 y Ley 1751 de 2015.

Para obtener los beneficios del SGSSS es necesario inscribirse a una entidad promotora de salud – EPS, recuerde que debe contar con algunos de los siguientes documentos de identificación:

– Cédula de ciudadanía para los mayores de edad.
– Registro civil de nacimiento o en su defecto, el certificado de nacido vivo para menores de 3 meses.
– Registro civil de nacimiento para los mayores de 3 meses y menores de siete (7) años de edad.
– Tarjeta de identidad para los mayores de siete (7) años y menores de dieciocho (18) años de edad.
– Pasaporte menores de siete (7) años.
– Cuando aplique, Permiso Especial de Permanencia (PEP) expedido por migración Colombia, para beneficiario de grupo familiar de cotizante o cabeza de familia retornado.
-Para realizar la afiliación de su núcleo familiar, debe presentar los respectivos documentos de identificación, así como aquellos que acrediten el parentesco con el cotizante o cabeza de familia.

Una vez cuente con los documentos de identificación válidos tenga en cuenta lo siguiente:

– Si es empleado, trabajador independiente o tiene capacidad de pago, deberá afiliarse y cotizar al régimen contributivo.
– Por tratarse de una población especial serán incluidos a través de un listado censal, elaborado por la entidad territorial del municipio de residencia, para lo cual deberá acercarse a la secretaría de salud de su municipio de residencia, y luego podrá inscribirse a la Entidad Promotora de Salud – EPS seleccionada.
– Si no cuenta con los documentos mencionados para realizar la inscripción a la EPS​
– Deberá acercarse a la Registraduria Nacional del Estado Civil, para solicitar la expedición de los documentos válidos para la afiliación.

En la norma se indican los parámetros para la afiliación de los recién nacidos y de sus padres.

 

Comentarios en Facebook