Condenada a 16 años de prisión exgerente de Indeportes Cauca y presidente de la Liga Caucana de actividades subacuáticas

Los dirigentes deportivos suscribieron 37 convenios en medio de múltiples anomalías y se apropiaron de más de 203 millones de pesos.


Un juez de conocimiento condenó a 16 años de prisión a la exgerente del Instituto Departamental de Deportes de Cauca (Indeportes), Ana Bolena García Ricardo, y a el expresidente de la Liga Caucana de Actividades Subacuáticas, Feibir Beltrán Luna: a los dirigentes deportivos se les demostró, en juicio, que se concertaron para incurrir en diversos actos de corrupción.

https://x.com/FiscaliaCol/status/1759220339110719521?s=20

Las pruebas presentadas durante el juicio dan cuenta de que, entre 2012 y 2015, firmaron 37 convenios interadministrativos por valor de 1 002 millones de pesos, los cuales tenían por objeto adquirir indumentaria e implementos deportivos, medallas, trofeos y logística para organizar diversos certámenes.

Los artículos previstos en dichos contratos nunca se compraron; sin embargo, se presentaron facturas, recibos y otros soportes contables que daban cuenta de la adquisición.

Estos documentos fueron emitidos por establecimientos de comercio que hicieron parte del entramado criminal o por familiares de los implicados en los actos ilícitos.

La investigación, liderada por una fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción, permitió establecer que figuraban pagos hechos a través de cheques que fueron cobrados por personas de confianza de los hoy sentenciados y entregados a la señora García Ricardo.

Lo apropiado ilegalmente alcanzó los 203 millones de pesos.

Por estos hechos, una juez de conocimiento de Popayán (Cauca) condenó a la exdirectora de Indeportes Cauca a 16 años de prisión por los delitos de peculado por apropiación, interés indebido en la celebración de contratos y contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

De otra parte, el expresidente de la Liga Caucana de Actividades Subacuáticas fue condenado a 12 años de prisión por el delito de peculado por apropiación en favor de terceros. La decisión conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.

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