«Dejen de Fregar» fue aprobado en el Congreso. Tatequieto a bancos y empresas de telefonía.


El pasado martes 18 de abril, la plenaria del Senado aprobó el proyecto de ley «Dejen de fregar», que establece los horarios en que deudores podrán ser llamados para cumplir con sus obligaciones financieras en mora o para recibir recordatorio que se aproxima su fecha de pago. 

El «acoso telefónico» de las casas de cobranza, entidades financieras y proveedoras de bienes y servicios sólo podrá darse en horarios hábiles.

Este proyecto, bautizado con la frase que responden los colombianos a las empresas que llaman a cobrar en horarios no hábiles, busca que bancos, empresas de telefonía y de servicios públicos no llamen a los ciudadanos fuera de horario laboral. La propuesta tiene como objetivo ayudar a los aproximadamente 15 millones de personas que han obtenido crédito con este tipo de organizaciones y que con frecuencia se sienten molestos por las llamadas.

En ese orden de ideas, el «acoso» sólo se podrá  realizar de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

La iniciativa contempla proteger los espacios de «intimidad, libres de toda injerencia» de todas las personas. «Solamente podrán ser contactados los consumidores financieros, es decir, todos los colombianos, de lunes a viernes, de siete de la mañana hasta las ocho de la noche y los sábados de ocho de la mañana hasta las tres de la tarde», explicó el senador Juan Carlos Wills, autor del proyecto.

«Dejen de fregar» también establece que solamente se podrán realizar dos llamadas a la semana, independientemente de los canales de contacto que haya informado el cliente a la hora de adquirir la deuda. «Así lograremos cerrar esta brecha que hay de un maltrato a un derecho fundamental, una vulneración que hemos visto sistemática e históricamente del derecho a la intimidad», agregó el senador.

Esto significa que el proyecto limita no solo las llamadas telefónicas, sino también mensajes de texto, mensajes de datos, correos electrónicos y similares provenientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las entidades que adelanten gestiones de cobranzas de forma directa, presencial o por medio de terceros o por cesión de la obligación, según dice el artículo primero de la iniciativa. Esto incluye también a los proveedores de bienes y servicios.

Wills explicó que las entidades incluidas en la nueva normativa solo podrán realizar el contacto con los clientes dos veces, independientemente del medio. Es decir, que si envían un mensaje habrán agotado uno de los canales permitidos a la semana para insistir en el pago de las deudas.

Así mismo, el proyecto aprobado para ser ley dicta que «en ningún caso, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las entidades que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación incluyendo a las personas naturales; podrán contactar a las referencias personales o de otra índole. Al avalista, codeudor o deudor solidario se le contactará en la misma condición que establece la presente Ley».

A esta iniciativa solo le falta la votación de conciliación en el Congreso de la República de Colombia.

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