En una grave crisis de salud mental, un sargento abandonó el servicio, por lo que fue condenado. Corte Suprema lo absolvió


El 19 de abril de 2013, el Sargento Viceprimero del Ejército Nacional GONZALO ADOLFO CAQUIMBO CUBILLOS fue atendido por psiquiatría en el Hospital Militar, luego de un intento de suicidio. Al día siguiente fue dado de alto y debía regresar al Batallón de Artillería 1 “TARQUI”, con sede en Sogamoso (Boyacá).

Sin embargo, sin contar con incapacidad médica ni concepto profesional que lo declarara no apto para el servicio, se ausentó definitivamente del cumplimiento de sus obligaciones.

Por esto mediante auto de 11 de febrero de 2014, el Juzgado 78 de Instrucción Penal Militar libró orden de captura contra
GONZALO ADOLFO CAQUIMBO CUBILLOS para ser escuchado en indagatoria. Con posterioridad, el 28 de mayo  siguiente, la misma autoridad judicial lo declaró persona ausente.

El 7 de junio de 2014, se hizo efectiva la orden de captura y, tres días después, el ex suboficial rindió indagatoria. Finalizada la diligencia, fue dejado en libertad. Luego, el 25 de junio de 2014, el Juzgado de Instrucción Penal Militar, en providencia mediante la cual le definió la situación jurídica, se abstuvo de imponerle medida de aseguramiento

El 5 de abril de 2018, la Fiscalía 26 Penal Militar acusó al sindicado del delito de abandono del servicio, resolución que quedó ejecutoriada el 24 de abril de 2018. La audiencia de corte marcial se llevó a cabo el 13 de marzo de 2019.

A través de sentencia de 22 de marzo de 2019, el Juzgado Once de Instancia de Brigada condenó al sargento por el delito de abandono del servicio. En consecuencia, le impuso 12 meses de prisión. No le concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, a causa de expresa prohibición legal al respecto.

El sargento, a través de su abogado  apelo la  decisión  y mediante fallo de 30 de junio de 2022, el Tribunal Superior Militar y Policial la confirmó en su integridad. Inconformes con la decisión ,  el apoderado del militar  acusado interpuso recurso de casación y fue así como el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia quien lo absolvió.

La Magistrada Ponente MYRIAM ÁVILA ROLDÁN señalo que la Corte pudo establecer técnicamente las condiciones emocionales especificas en las que se encontraba el sargento Caquimbo Cubillos y por lo tanto encontró demostrada una causal de ausencia de responsabilidad que se llama no exigibilidad de otra conducta.

» La culpabilidad no puede evaluarse según la idea del hombre promedio o el destinatario abstracto de la ley. Cada sujeto vive una realidad social concreta, cumple un determinado papel y es en ese contexto que se da su comportamiento.Lo que la Corte encontró en este caso especifico es que esta persona se encontraba en unas condiciones emocionales extremas, incluso que lo llevaron a un intento de suicidio, en momentos anteriores al abandono del servicio», concluyó la Magistrada.

En ese orden de ideas la Corte resolvió absolver al sargento  GONZALO ADOLFO CAQUIMBO CUBILLOS, ordeno  anular la sentencia proferida en su contra  y la cancelación de anotaciones y registros que se hayan realizado contra el acusado, por razón de este proceso.

Comentarios en Facebook