Jueza 30 de Control de Garantías determinará libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez . El exsenador será procesado por la Ley 906 de 2004
Por Maria Del Pilar Aguilar Salazar
Sin mucha sorpresas , los colombianos recibieron la decisión de la Corte Suprema de Justicia, que con 19 votos a favor y dos en contra, determinó que la jueza 30 de control de garantías, Clara Ximena Salcedo, es competente para valorar si deja o no en libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien se encuentra en prisión domiciliaria desde hace dos meses en su hacienda El Ubérrimo.
De otra parte la decisión de la Corte define que la Ley por la que se debe llevar el proceso del exsenador es la 906 de 2004, nuevo sistema penal de la justicia ordinaria. Jueza tiene competencia completa en el proceso.
En ese orden de ideas , el proceso que se sigue contra Uribe Vélez, por presunto soborno a testigos y fraude procesal, debe continuar en la justicia ordinaria, lo que pedían los defensores del exsenador, puesto que según esta ley, por no ser aforado y renunciar al Senado, el expresidente será procesado como un ciudadano común y corriente .
“Dado que el ciudadano investigado penalmente ya no ostenta la condición de congresista, que la Sala de Instrucción remitió ante la Fiscalía General de la Nación el proceso, dada la pérdida del estatus foral del investigado y no tener la conducta relación con las funciones desempeñadas, y considerando que los hechos se reputan acaecidos durante el año 2018, debe señalarse que es la Ley 906 de 2004 el estatuto procesal llamado a regir este asunto a partir de este momento”, concluyó la Corte.
Según el pronunciamiento, el traslado de la competencia de la Sala Especial de Instrucción de la Corte –donde opera el procedimiento de la Ley 600 de 2000–, ante la desaparecida condición foral del exsenador Uribe Vélez, cambia el procedimiento al de la Ley 906, porque los jueces ordinarios no están legalmente habilitados para tramitar bajo la Ley 600 asuntos ocurridos después de la implementación del sistema acusatorio (1º de enero de 2008).
Pese a la decisión del alto tribunal , éste no se pronunció sobre cuál es la etapa procesal en la que queda el caso.
Según expertos, seguir el proceso por la ley 906 implica que debe comenzar desde ceros, es decir se cae todo lo que había actuado en este caso la Sala de Instrucción. Para otros, en cambio, aún en la ley 906 se puede dejar en firme lo ya hecho por la Corte, y es la Fiscalía, en este caso la del cuestionado Francisco Barbosa, la que debe decidir si acusa a Uribe y lo llama a juicio.
En palabras simples y castizas es la juez 30 de control de garantías la que debe establecer en qué etapa queda ahora el caso contra Uribe, además de definir la petición de la libertad del exsenador.

