Nuevamente juez ordena al Gobierno suspender uso de gases lacrimógenos en manifestaciones


Este lunes 30 de noviembre , por segunda vez, un Juez de la República ordenó al presidente Iván Duque suspender, por parte de la Policía, el uso de gases lacrimógenos durante las manifestaciones que se tornen violentas y que se produzcan durante la pandemia o mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno.

La decisión, que había sido tomado el pasado 15 de octubre por parte del juez fue anulada posteriormente por el Tribunal Superior de Bogotá, argumentando que no se había tenido en cuenta los conceptos del Ministerio de Salud, el de otras entidades, fue así como el Tribunal le devolvió el fallo al juez para que hiciera lo pertinente para tomar una decisión.

Una vez revisado el fallo por el juez quinto laboral de Bogotá , éste se volvió a pronunciar y con más argumentos volvió a ordenar la suspensión del uso de los gases lacrimógenos ya que pueden ayudar a propagar el virus de COVID-19

El juez, recibió conceptos del Departamento de Toxicología de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional, que concluyó que el uso de gases lacrimógenos resultaría una combinación muy peligrosa en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones. O bien porque la situación de los manifestantes asintomáticos, al ser objeto de esta sustancia, los llevaría indudablemente a propagar el virus en su entorno ante la reacción del cuerpo al toser excesivamente, y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse por Covid.

“Resultaría una combinación muy peligrosa el uso de estos gases en momentos de propagación del virus, bien sea porque su efecto en el cuerpo humano degrada las defensas antivirales de los pulmones y por tanto, el ciudadano quedaría en mayor riesgo y su salud más expuesta en caso de contagiarse de Covid”, precisa uno de los apartes de la decisión.

La tutela fue instaurada por Matheo Augusto Rincón Galvis quien alegó la vulneración a los derechos fundamentales a la vida, integridad personal y salud.

“Ordenar, de forma inmediata, al presidente de la República y al Ministerio de Defensa Nacional y Policía Nacional que suspenda el uso de los agentes químicos, a) Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido; b) Granadas con carga química CS, OC; c) Granadas fumígenas; d) Cartuchos con carga química CS, OC y, e) Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante”, indica el fallo.

La decisión del juez va mas allá y exhortó al Gobierno Nacional a prohibir el uso de gases lacrimógenos de forma permanente luego de superada la emergencia sanitaria.

«Exhortar al presidente de la República y a la Nación – Ministerio Defensa nacional – Policía Nacional para que, en el marco de la reglamentación ordenada en sentencia STC7641-2020, se debata y analice seriamente la necesidad de mantener el uso de agentes químicos o determinar su prohibición absoluta» 

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