Pedro Castillo, detenido por rebelión y conspiración. Poder Judicial dicta 7 días de detención preliminar contra el expresidente peruano


El expresidente de la República es acusado de haber cometido los presuntos delitos de rebelión y conspiración que están estipulados en los artículos 346 y 349 del Código Penal. Por ambos podría recibir hasta 20 años de cárcel.

Pedro Castillo se encuentra recluido en la sede de la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes). El expresidente fue detenido en flagrancia el miércoles por la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Fiscalía del Perú, luego de perpetrar un autogolpe y poco antes de su destitución por el Congreso.

El Ministerio Público confirmó que fue intervenido en la prefectura de la Policía de Lima, en compañía del exprimer ministro Aníbal Torres, por el delito de rebelión, el cual está regulado en el artículo 346 del Código Penal.

Este jueves, desde las 10:00 a.m., el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria tuvo una audiencia con el fin de evaluar el requerimiento de la Fiscalía de la Nación para que el exjefe de Estado tenga detención preliminar tras el fallido autogolpe.

Después de casi una hora de escuchar todas las partes, el magistrado Juan Carlos Checkley, quien lleva el caso, dijo que la resolución será dictada dentro del plazo de ley, o sea, en 7 días.

El fiscal del caso  alegó que existe el peligro de fuga de parte del expresidente Castillo, además de que se debe “asegurar todos los elementos de la comisión del delito” y conocer los otros altos funcionarios que lo acompañaron en los delitos que se le imputan.

No colaboró

Cuando le llegó el turno para desvirtuar las acusaciones, Castillo decidió guardar silencio. El exmandatario no colaboró, ni se pronunció. Sin embargo, quien sí lo hizo fue Aníbal Torres, ex primer ministro que es uno de sus abogados.

“Aquí se está violando flagrantemente el principio de legalidad. El señor representante del Ministerio Público ha dicho varias cosas y no acreditó los dos delitos que, supuestamente, habría cometido Pedro Castillo”, dijo.

Puede pasar 20 años en prisión

En el Título XVI del capítulo I de la Constitución, referente a acciones que atentan contra el Estado y orden constitucional, se especifica que quien “se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años, y expatriación”.

Alternativamente, el Ministerio Público dispuso iniciar diligencias preliminares por la presunta comisión de conspiración, en agravio del Estado (Art. 349° del Código Penal), que dispone “pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar

Durante cerca de media hora, el paradero de Castillo fue desconocido hasta que la Policía informó que un grupo de efectivos lo intervino, según las facultades y “atribuciones descritas en el artículo 5 de D.L. (decreto legislativo) n.° 1267″.

“Rechazamos el quebrantamiento del orden constitucional y exhortamos a la población a respetar la Constitución Política y a mantener la calma. Asimismo, confiar en las instituciones del Estado”, escribió la institución.

A raíz de la vacancia, la abogada izquierdista Dina Boluarte juró ante el pleno del Congreso como la primera presidenta de la historia del país, tras la destitución por el Parlamento de Castillo

A la ceremonia, celebrada en el hemiciclo legislativo, acudieron congresistas y otras altas autoridades de los poderes del Estado y de las Fuerzas Armadas, que fueron ovacionados por haber anunciado que respetarían la sucesión constitucional

Fuente: Medios internacionales

Comentarios en Facebook