Por pacto ilegal, Corte Suprema abre investigación en contra del excongresista Eduar Luis Benjumea

La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió investigación formal contra el exrepresentante del partido Liberal, Eduar Luis Benjumea, por supuesto manejo irregular de «cupos indicativos» para la construcción de obras en Galeras, departamento de Sucre.


De acuerdo con el Alto Tribunal, Benjumena habría incurrido en delitos de cohecho y tráfico de influencias en la supuesta gestión de recursos para la obra civil a cambió de una compensación económica.

Los hechos materia de investigación se centran en un supuesto pacto ilegal en el año 2018. La investigación señala que, en dicho acuerdo, el exrepresentante a la Cámara por Amazonas habría recibido una compensación económica a cambio de gestionar la financiación para una obra pública en Galeras por cinco millones de pesos.

Es de anotar que Eduar Luis Benjumea Moreno ocupó la representación a la Cámara por Amazonas durante el periodo 2014-2018 y también ha sido objeto de señalamientos previos por presuntas irregularidades en la contratación de Caprecom.

En el año 2014, su elección como representante se vio amenazada por acusaciones de participación en un contrato entre la Gobernación de Amazonas y el Hospital San Rafael de Leticia E.S.E. a través de la Secretaría de Salud Departamental.

En ese momento, su elección estuvo en entredicho, pero en mayo de 2015 la Sección Quinta del Consejo de Estado ratificó la legitimidad de su elección. Según el alto tribunal, Benjumea no estaba inhabilitado para participar en las elecciones legislativas de 2014, ya que no se encontró respaldo probatorio suficiente que demostrara su participación en el contrato mencionado.

Así mismo, la Sección decidió excluir una grabación magnetofónica que fue irregularmente obtenida, con la que querían sustentar la presunta inhabilidad, pues «se desconocen las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se obtuvo y además no es clara ni directa para inferir la conclusión que el demandante pretende atribuirle», puntualizó la Sección Quinta.

La Constitución de 1991 modificó los «auxilios parlamentarios», pero evolucionaron con otro nombre y ahora se llaman «cupos indicativos»; en estos, los parlamentarios reciben un cupo presupuestal, creado previamente, que pueden manejar —en teoría— para cubrir necesidades sociales en sus regiones.

Sin embargo, pueden elegir a dedo a qué alcalde se le asigna, a qué contratista se le da la obra o licitación, e incluso, la Corte Constitucional en el 2001 conceptuó que pueden «sugerir» las obras. (Portafolio)

La principal diferencia radica en que, en los primeros el parlamentario tiene la potestad de crear la partida de gasto a su discreción; en los «cupos indicativos», recibe una asignación presupuestal preexistente, pero con la particularidad de tratarla como si fuera de su propiedad política.

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