Superindustria impuso multa de $1.775 millones de pesos a Rappi.


La Superintendencia de Industria y Comercio impuso la máxima sanción a Rappi por violación a las normas de protección al consumidor que regulan la calidad en la prestación del servicio, la información mínima, la información pública de precios, la publicidad engañosa, la disponibilidad de vueltas correctas, las cláusulas abusivas, las obligaciones legales que surgen con ocasión del desarrollo de ventas a distancia y el comercio electrónico.

La suma que tendrá que pagar la aplicación de domicilios corresponde a 2.000 salarios mínimos legales vigentes, lo que representa $1.755 millones de pesos.

Además de eso, la Superindustria impuso una segunda sanción por $702 millones de pesos, que corresponde al incumplimiento de una orden administrativa impartida por la Superintendencia de Industria y Comercio en el año 2019.

Esta decisión tomó fuerza luego de comprobar que Rappi actuaba en el mercado colombiano no como un portal de contacto, como lo afirmó durante el trámite administrativo, sino como un proveedor habitual de bienes y/o servicios que los ofrecía, comercializaba y distribuía, con ánimo de lucro, mediante el empleo de una plataforma de comercio electrónico.

Asimismo, la Superintendencia sancionó a Rappi S. A.S por el incumplimiento de cinco de las siete órdenes emitidas el pasado mes de agosto de 2019, que indicaba se debía informar la procedencia del derecho de retracto y de reversión de pago.

También señala que se ajustaran las disposiciones contractuales de los términos y condiciones, se informará el precio total de los productos incluyendo todos los costos adicionales sin que fuera posible su modificación y se debe establecer los acuerdos con los aliados de intervención de cada uno frente a la efectividad de la garantía.

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