Superintendencia de Industria y Comerciio en Colombia, prohíbe la comercialización de supuestas pruebas para la detección temprana de covid-19. Cuatro comercializadoras involucradas


La Superintendencia ordenó a Mercado Libre y al responsable de una cuenta de Instagram a retirar publicaciones relacionadas con las supuestas pruebas.

La Superintendencia de Industria y Comercio, ordenó de manera preventiva a cuatro (4) comercializadores de pruebas rápidas para la detección de COVID-19, el CESE de la comercialización de estos dispositivos médicos, al tiempo que ordenó a Mercado Libre Colombia el retiro de las publicaciones identificadas en su portal web.

La medida, que se tomó para proteger la salud e integridad de los colombianos, se adoptó luego de conocerse la alerta sanitaria No. 73 del 15 de abril de 2020, emitida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, en la cual aclara, entre otras cosas, que dichas pruebas deben ser realizadas por profesionales de la salud idóneos y competentes, deben utilizarse únicamente en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS y demás servicios o instituciones habilitadas por las Secretarías de Salud para tal efecto y no son productos de venta libre.

La alerta identificó entre los productos que se comercializan de manera fraudulenta en Colombia, el denominado TEST PERSONAL COVID-19, cuyo comercializador se identificó como NET MEDICAL TRADE SAS.
Las órdenes se refieren a las siguientes empresas que estarían comercializando de manera fraudulenta en Colombia, estas pruebas

1. NET MEDICAL TRADE SAS, radicada con el No. 20-92286 del 17 de abril de 2020.
2. PRO INTERPRISE COLOMBIA PROCOL SAS, radicada bajo el No. 20-92939 del 20 de abril de 2020.
3. HANNA TRADING SAS, radicada bajo el No. 20-97076 del 22 de abril de 2020.
4. Orden al responsable de la cuenta de Instagram ALMABOHEMIA_SHOES, radicada bajo el No. 20-97060 del 22 de abril de 2020.
5. Orden a MERCADO LIBRE COLOMBIA SAS, radicada con el No. 20-93219 del 20 de abril de 2020.

Teniendo en cuenta lo anterior, y que en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, se ha evidenciado la comercialización de estos productos, sin que, al parecer, cuenten con aprobación de la autoridad competente y sin tener en cuenta las restricciones de uso y venta de los mismos, lo cual, podría poner en riesgo la salud e integridad de las personas, además de inducir en error a los consumidores sobre el supuesto beneficio ofrecido, razón por la que esta Entidad viene verificando el mercado nacional, mediante el seguimiento a redes sociales y plataformas de comercio electrónico para identificar posibles comercializadores de dichos productos y prohibir de manera inmediata su comercialización, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.

Estas órdenes NO tienen recurso y en caso de que se incumplan, los comercializadores y la plataforma de internet antes mencionados, podrían ser objeto de sanciones de hasta 1.000 SMLMV.

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