¡Tatequieto a las fiestas, regalos y derroche en entidades del Estado!


En los últimos días el  presidente Gustavo Petro firmó  el decreto 444 de 2023, el cual tiene por objeto “establecer el Plan de Austeridad que regirá para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación durante la vigencia fiscal del 2023”.

Con esta  medida de austeridad se busca ahorrar mas de 4 billones de pesos reduciendo gastos públicos en los presupuestos de cada entidad, de tal manera que no se afecte el funcionamiento de las mismas.

El primer punto del decreto indica que la planta de personal, estructura administrativa y personal “solamente se podrá modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en los gastos de la entidad, lo cual requerirá previo concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Presidencia la República”.

El decreto  ordena  a las entidades adelantar acciones que permitan racionalizar el reconocimiento y pago de las horas extras para funcionarios, así como “ajustarlas a las estrictamente necesarias”.

En relación con las  vacaciones, señala el documento presidencial que estas “no deben ser acumuladas ni interrumpidas. Solo por necesidad del servicio previa disponibilidad presupuestal o retiro podrán ser compensadas en dinero”.

Asimismo, las entidades “deberán abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias u ostentosas, tales como el embellecimiento, el ornato, la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles”. 

El plan de austeridad también ordena a las entidades promover y dar prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, “de manera que estos sean mínimos y plenamente justificados”.

Es de anotar que durante el 2022 la rama judicial fue la que mas dinero , a cargo del presupuesto nacional, gastó en regalos, foestasd, encuentros y traslados con todo pago. 

En el caso de los viajes aéreos nacionales e internacionales de servidores públicos, el decreto nacional establece que estos deberán hacerse en clase económica o en la tarifa que no supere el costo de esta, salvo los debidamente justificados.

La excepción también aplica para “aquellos casos en los cuales los Ministros de Despacho tengan por objeto promover y gestionar el financiamiento de la Nación, o que el vuelo tenga una duración de más de ocho horas”.

En caso de que el servidor haga parte de la comitiva que acompañe al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar a los mandatarios, no habrá lugar al pago de gastos de transporte. 

Las entidades también deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada que promocione la gestión del Gobierno nacional.

Igualmente, “está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación.

Se exceptúan de la anterior disposición los gastos que efectúe el Dapre y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio, Industria y Turismo (exclusivamente para actividades encaminadas al fomento del comercio exterior)”. 

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