Verdades y mentiras del proyecto de Ley sobre el impuesto predial.


En las últimas horas la oposición y sus medios de comunicación afines generaron todo un revuelo en  la opinión pública por el proyecto ley para ofrecer alivios en el pago del impuesto predial por predios urbanos y rurales en todo el país, y que fue radicado en el congreso de la República por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Con este proyecto de ley “ se adoptan medidas en materia de impuesto predial unificado, se modifica la Ley 144 de 1990, se deroga la Ley 1995 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

La iniciativa, que lleva las firmas de los ministros de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González, y de Agricultura, Jhenifer Mojica Flórez, consta de cuatro artículos en los que se modifican las Leyes 44 de 1990 y 1995 de 2019.

“El proyecto no es un incremento del impuesto predial. El Gobierno Nacional no está autorizado para hacerlo, eso es potestad de los Concejos Municipales. Lo que estamos presentando es un alivio para que la actualización del catastro no impacte inmediata ni directamente el impuesto predial a los ciudadanos», explicó el ministro Bonilla los alcances de la norma propuesta.

De esta forma el presidente Gustavo Petro y el ministro de Hacienda Ricardo Bonilla desmintieron las versiones de la oposición que aseguraban que se trataba de una forma de expropiación 

Y es que la oposición ha vociferado que »  este proyecto de ley haría que el impuesto de todos los predios incrementaría 300%» lo que en palabras del   ministro Bonilla y de expertos como el exministro de Hacienda José Manuel Restrepo es totalmente falso. 

Si bien el proyecto establece incrementos en el pago del impuesto predial de entre 50% y 300% con relación a lo que se pagó el año inmediatamente anterior, se están evitando pagos superiores a los que se liquidarían con la norma vigente que, en todos los casos, sería superior al 1.000%, añadió el ministro de hacienda. 

En otros casos, la iniciativa disminuye las excepciones de predios a los que no les aplica límite, precisa las categorías y los límites quedarían vigentes, de ser aprobada la norma en estudio.

Para la zona rural, por ejemplo, actualmente solo contempla un mayor pago para los predios con más de 100 hectáreas, lo cual no es un indicador de productividad ni aprovechamiento de la tierra. El proyecto propone límites más precisos y progresivos para la zona rural.

La exposición de motivos señala que solo 5% de los predios entrarán en los rangos más altos de incremento, y la gran mayoría de los predios del país tendrán un aumento máximo del IPU (Impuesto Predial Unificado) del 50%, mientras que el proyecto pretende poner límite a los incrementos.

La nueva tabla predial

El ministro Bonilla González explicó que tanto la Nación como los distintos catastros del país están haciendo una actualización del avalúo catastral, en la que no se están teniendo en cuenta los impactos automáticos que se generan sobre el impuesto predial, y solamente se genera un alivio a los predios que tienen un avalúo inferior a 135 salarios mínimos.

“La norma vigente dice que si se actualiza el avalúo catastral, el municipio no le podrá cobrar más allá del 100% de lo que pagó el año inmediatamente anterior. Pero no dice nada de los predios que tienen avalúos superiores, lo que significa que si a una persona le aumentaron el avalúo catastral en el 1.000%, el impuesto predial le podría subir hasta el 1.000%», explicó el funcionario.

Según el proyecto radicado por los ministros de Hacienda y de Agricultura, los alivios se manejarán a partir de la siguiente tabla:​

En conclusión, los alivios previstos en el proyecto permiten que todos los Concejos Municipales y las Alcaldías organicen el pago del impuesto predial una vez entre en vigencia el avalúo catastral, de la siguiente manera:

Predios con avalúo catastral actualizado inferior a 135 salarios mínimos: el impuesto predial no podrá superar el 50% del que pagó el año pasado.

​Predios con avalúo catastral actualizado entre 135 y 250 salarios mínimos: el impuesto predial no podrá superar el 100% del que se pagó el año pasado. Hoy, tal como está la norma, pagarían más del 1.000%.

Predios con avalúo catastral actualizado entre 250 y 350 salarios mínimos: el impuesto predial no podrá superar el 150% del que se pagó el año pasado. Con la norma actual pagaría hasta 1.000% frente al año anterior.

Predios con avalúo catastral actualizado entre 350 y 500 salarios mínimos: el impuesto predial no podrá superar el 200% del que se pagó el año pasado. Hoy, como está la norma, pagaría hasta 1.000% frente al año anterior.

Predios con avalúo catastral actualizado superior a 500 salarios mínimos: el impuesto predial no podrá ser superior al 300% del que se pagó el año pasado. Hoy, con la norma actual, podrían pagar más allá del 1.000% de impuesto predial frente a lo que pagaron el año pasado.

“La construcción de este sistema de alivios les da claridad y transparencia a los Concejos Municipales y a las Alcaldías para que no presionen el pago del impuesto predial, aunque los avalúos catastrales se hayan puesto al día», concluyó el ministro de Hacienda y Crédito Público.

Para tener en cuenta y no comer cuento de la oposición: 

  • El impuesto predial que pagas todos los años depende del avalúo catastral de tu predio y el cálculo se hace con unas tarifas q están en función de dicho avalúo por rangos
  • El cálculo se debe hacer con el avalúo catastral que difiere en casi todos los casos del avalúo comercial,
  • En todo el país se está adelantando la actualización del catastro, y es en dicha actualización en dónde se han visto aumentos en el valor del avalúo catastral de hasta un 2.500% como por ejemplo sucedió de Choachí, Cundinamarca. 
  • Las actualizaciones del catastro se vienen dando desde gobiernos anteriores y además son lideradas por las alcaldías, gobernaciones y concejos de turno . Por ejemplo en el  2021 el gobernador de Cundinamarca decía que la gente está pagando menos predial del que debería y por eso empezó, en su departamento,  un proyecto de actualización de catastro, que básicamente  consiste en acercar el avalúo catastral lo más posible al avalúo comercial.

 

Comentarios en Facebook